Las autoridades de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) dispusieron que a partir del 7 de febrero de 2022, en todas las facultades y escuelas bajo su órbita, entre ellas el Instituto Politécnico, se deberá acreditar mediante certificado, carnet o aplicación oficial, un esquema de vacunación completo contra el COVID-19 (2 dosis); o ALTA COVID dentro de los últimos 90 días; o test con resultado negativo. Esto, en el marco de la instrumentación de un Programa de Promoción y Cuidado de la Salud, orientado a difundir en la comunidad universitaria recomendaciones de cuidado y a extremar las medidas sanitarias que garanticen el desarrollo normal de las actividades. A continuación el texto completo, bajo la firma del rector de la UNR, Franco Bartolacci:
VISTO: las resoluciones vigentes de Consejo Superior, las disposiciones de la autoridad sanitaria y la situación epidemiológica actual, y
CONSIDERANDO:
Que existe la necesidad de profundizar las medidas de cuidado de la comunidad universitaria en el marco del regreso a la actividad presencial plena, implementando las acciones institucionales que garanticen el normal desarrollo de las mismas.
Atento la intervención de Asesoría Jurídica.
Por ello,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO
RESUELVE;
ARTÍCULO 1º – La Universidad Nacional de Rosario, en el marco del regreso a la actividad presencial plena dispuesta por el Consejo Superior, instrumentará un Programa de Promoción y Cuidado de la Salud, orientado a difundir en la comunidad universitaria recomendaciones de cuidado y a extremar las medidas sanitarias que garanticen el desarrollo normal de las actividades.
ARTÍCULO 2º.- La Universidad dispondrá en sus dependencias la instalación de puestos sanitarios, donde agentes debidamente identificados promoverán políticas de cuidado y pautas establecidas en los protocolos vigentes para el desarrollo seguro de las actividades que se realicen. Los puestos sanitarios ofrecerán la posibilidad de realizar test de detección rápida, de acceso gratuito, a integrantes de la comunidad universitaria.
ARTÍCULO 3º.- A partir del 07 de febrero de 2022, a quien le fuera solicitado por vía administrativa o a través de personal competente, deberá acreditar mediante certificado, carnet o aplicación oficial, un esquema de vacunación completo contra el COVID-19 (2 dosis); o ALTA COVID dentro de los últimos 90 días; o test con resultado negativo.
ARTÍCULO 4º.- La Universidad dispondrá de un Punto de Vacunación en su Centro de Salud, a los efectos de que integrantes de la comunidad universitaria que no hubieran accedido a la vacuna y decidieran hacerlo, puedan pautar un turno para vacunarse en el espacio de la Universidad.
ARTÍCULO 5º.- La Universidad garantizará, en el marco del presente programa, todos los elementos de sanitización y cuidado que fueran necesarios de acuerdo a lo solicitado por cada una de sus dependencias.
ARTÍCULO 6º.- El Área de Bienestar Universitario, la Dirección de Salud de la Universidad Nacional de Rosario y el Programa de Salud Laboral, en coordinación con las autoridades de cada dependencia, la Dirección General de Personal y las Oficinas de Personal planificarán las acciones, la ejecución y el seguimiento de lo dispuesto por la presente, según corresponda en caso.
ARTÍCULO 7º.- El presente Programa tendrá vigencia hasta el 7 de marzo de 2022, y su continuidad se revisará conforme la evolución de la situación sanitaria.
ARTÍCULO 8º.- Inscríbase, comuníquese y archívese.